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7006.00.04NICO01

Vidrio de las partidas 70.03, 70.04 o 70.05, curvado, biselado, grabado, taladrado, esmaltado o trabajado de otro modo, pero sin enmarcar ni combinar con otras materias

Texto oficial en el decreto: Vidrio de las partidas 70.03, 70.04 o 70.05, curvado, biselado, grabado, taladrado, esmaltado o trabajado de otro modo, pero sin enmarcar ni combinar con otras materias.

Capítulo 70: Vidrio y sus manufacturas. Tasas verificadas el 2026-09-30. Fuente: DOF nota 5777376.

Tasas e impuestos

IGI general
35%
IGI para países sin tratado
Igual al general
IGI preferencial con tratado
Varía por tratado
IEPS
No aplica
IVA
16%
DTA
0,8%
Unidad de medida
Kilogramo

Permisos y regulaciones

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción.

Programas de fomento relacionados: PROSEC (art. 4), PROSEC (art. 5)

Fuente: Tarifa de la LIGIE, versión unificada de la Secretaría de Economía (19 de diciembre de 2024), columna de regulaciones y programas; revisamos las modificaciones al Acuerdo de Reglas publicadas en el DOF hasta el 30 de septiembre de 2026.

Calculadora de impuestos

Valor en aduana
—
IGI
—
DTA
—
IEPS
—
IVA
—
Prevalidación (con IVA)
—
Total de impuestos
—
Costo puesto en México
—
Tasa efectiva sobre el valor en aduana
—

Estimación. No incluye honorarios del agente aduanal, almacenaje ni fletes nacionales. Los montos reales se redondean en el pedimento.

Ejemplo por cada 1,000 de valor en aduana

IGI
$350.00
DTA
$8.00
IEPS
$0.00
IVA
$217.28
Total de impuestos
$575.28

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel paga la fracción 7006.00.04-01?

El IGI general es 35%. Si la mercancía viene de un país sin tratado comercial con México, la tasa es igual al general.

¿Qué permisos necesito para importar vidrio de las partidas 70.03, 70.04 o 70.05, curvado, biselado, grabado, taladrado, esmaltado o trabajado de otro modo, pero sin enmarcar ni combinar con otras materias?

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción. Es información de referencia, no asesoría legal; confírmalo con un agente aduanal.

¿Cuánto pago de impuestos en total por importar vidrio de las partidas 70.03, 70.04 o 70.05, curvado, biselado, grabado, taladrado, esmaltado o trabajado de otro modo, pero sin enmarcar ni combinar con otras materias?

Con la tasa general, por cada 1,000 pesos de valor en aduana pagas alrededor de $575.28 en impuestos (IGI, DTA, IEPS e IVA), sin contar la prevalidación ni honorarios.