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7312.10.05NICO01

Cables, trenzas, eslingas y artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para electricidad: de acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 7312.10.08

Texto oficial en el decreto: De acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 7312.10.08.

Capítulo 73: Manufacturas de fundición de hierro o acero. Tasas verificadas el 2026-09-30. Fuente: DOF nota 5777376.

Tasas e impuestos

IGI general
35%
IGI para países sin tratado
Igual al general
IGI preferencial con tratado
Varía por tratado
IEPS
No aplica
IVA
16%
DTA
0,8%
Unidad de medida
Kilogramo

Permisos y regulaciones

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción.

Programas de fomento relacionados: IMMEX: mercancía sensible (Anexo II), PROSEC (art. 4), PROSEC (art. 5)

Fuente: Tarifa de la LIGIE, versión unificada de la Secretaría de Economía (19 de diciembre de 2024), columna de regulaciones y programas; revisamos las modificaciones al Acuerdo de Reglas publicadas en el DOF hasta el 30 de septiembre de 2026.

Calculadora de impuestos

Valor en aduana
—
IGI
—
DTA
—
IEPS
—
IVA
—
Prevalidación (con IVA)
—
Total de impuestos
—
Costo puesto en México
—
Tasa efectiva sobre el valor en aduana
—

Estimación. No incluye honorarios del agente aduanal, almacenaje ni fletes nacionales. Los montos reales se redondean en el pedimento.

Ejemplo por cada 1,000 de valor en aduana

IGI
$350.00
DTA
$8.00
IEPS
$0.00
IVA
$217.28
Total de impuestos
$575.28

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel paga la fracción 7312.10.05-01?

El IGI general es 35%. Si la mercancía viene de un país sin tratado comercial con México, la tasa es igual al general.

¿Qué permisos necesito para importar cables, trenzas, eslingas y artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para electricidad: de acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 7312.10.08?

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción. Es información de referencia, no asesoría legal; confírmalo con un agente aduanal.

¿Cuánto pago de impuestos en total por importar cables, trenzas, eslingas y artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para electricidad: de acero sin recubrimiento, con o sin lubricación, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 7312.10.08?

Con la tasa general, por cada 1,000 pesos de valor en aduana pagas alrededor de $575.28 en impuestos (IGI, DTA, IEPS e IVA), sin contar la prevalidación ni honorarios.